Marcas

Carta poder en propiedad intelectual

Carta poder para trámites y litigio en propiedad intelectual: el otorgante confiere a uno o varios apoderados facultades para representarlo en asuntos de propiedad intelectual.

¿Qué es?

Carta poder para trámites y litigio en propiedad intelectual: el otorgante confiere a uno o varios apoderados facultades para representarlo en asuntos de propiedad intelectual.

¿Para qué sirve?

Autoriza a presentar y dar seguimiento a solicitudes ante el IMPI e INDAUTOR, contestar requerimientos, presentar oposiciones, gestionar renovaciones y declaraciones de uso, inscribir licencias y transmisiones, e intervenir en procedimientos de nulidad, caducidad, cancelación o infracción.

¿Quién lo usa?

  • Otorgante persona física o moral
  • Uno o varios apoderados

¿Qué regula?

  • Marcas, avisos y nombres comerciales
  • Patentes, modelos de utilidad y diseños
  • Secretos industriales y derechos de autor
  • Procedimientos administrativos y contenciosos
  • Facultades especiales: desistimientos, convenios, coexistencia, denuncias, sustitución
  • Firma de otorgante, apoderados y dos testigos

Importante

Las facultades especiales solo deben conservarse si el otorgante quiere darlas. Según el acto, puede requerirse poder ante notario.

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