Marcas
Carta poder en propiedad intelectual
Carta poder para trámites y litigio en propiedad intelectual: el otorgante confiere a uno o varios apoderados facultades para representarlo en asuntos de propiedad intelectual.
¿Qué es?
Carta poder para trámites y litigio en propiedad intelectual: el otorgante confiere a uno o varios apoderados facultades para representarlo en asuntos de propiedad intelectual.
¿Para qué sirve?
Autoriza a presentar y dar seguimiento a solicitudes ante el IMPI e INDAUTOR, contestar requerimientos, presentar oposiciones, gestionar renovaciones y declaraciones de uso, inscribir licencias y transmisiones, e intervenir en procedimientos de nulidad, caducidad, cancelación o infracción.
¿Quién lo usa?
- Otorgante persona física o moral
- Uno o varios apoderados
¿Qué regula?
- Marcas, avisos y nombres comerciales
- Patentes, modelos de utilidad y diseños
- Secretos industriales y derechos de autor
- Procedimientos administrativos y contenciosos
- Facultades especiales: desistimientos, convenios, coexistencia, denuncias, sustitución
- Firma de otorgante, apoderados y dos testigos
Importante
Las facultades especiales solo deben conservarse si el otorgante quiere darlas. Según el acto, puede requerirse poder ante notario.
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