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Inmobiliario

Anexo A — Plano Descriptivo y Croquis de Ubicación del Inmueble

# NOTA INFORMATIVA # CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE INMUEBLE Y SUS ANEXOS ## ¿QUÉ ES ESTE CONTRATO? Es un contrato mediante el cual “EL ARRENDADOR” permite a “EL ARRENDATARIO” usar y disfrutar temporalmente un inmueble a cambio del pago de una renta, estableciendo por escrito las condiciones que deberán cumplir ambas partes. Puede utilizarse para locales comerciales, oficinas, departamentos, casas habitación u otros inmuebles, siempre que se adapte el contenido al tipo de inmueble y al uso que realmente tendrá. El contrato se complementa con tres anexos: A, B y C, que ayudan a identificar el inmueble y dejar evidencia de las condiciones en que se entrega. ## ¿QUIÉNES PUEDEN UTILIZARLO? Puede ser utilizado tanto por personas físicas como por personas morales, ya sea para dar un inmueble en arrendamiento o para tomarlo en renta. Por ejemplo, puede utilizarse por: - Propietarios particulares. - Empresas propietarias de inmuebles. - Empresas que necesiten rentar un local u oficina. - Comerciantes y emprendedores. - Profesionistas. - Negocios. - Personas que renten casas o departamentos. - Personas físicas o morales que requieran formalizar por escrito el uso temporal de un inmueble. ## ¿QUÉ VARIANTES EXISTEN? El contrato está preparado para manejar las cuatro combinaciones posibles: - Arrendador Persona Física – Arrendatario Persona Física. - Arrendador Persona Física – Arrendatario Persona Moral. - Arrendador Persona Moral – Arrendatario Persona Física. - Arrendador Persona Moral – Arrendatario Persona Moral. Cuando alguna de las partes sea persona moral, deberá colocarse la información de la empresa y los datos de su representante legal o apoderado, así como la información del instrumento mediante el cual acredita sus facultades. ## ¿CÓMO SABER QUÉ VERSIÓN UTILIZAR? Primero debe identificarse quién es el propietario que dará el inmueble en arrendamiento y quién será la persona que lo rentará. Si ambos actúan personalmente, se utiliza la versión PF–PF. Si el propietario es una persona física pero quien rentará es una empresa, corresponde PF–PM. Si la propietaria es una empresa y el arrendatario una persona física, corresponde PM–PF. Finalmente, cuando ambas partes son empresas, deberá utilizarse PM–PM. Es importante seleccionar correctamente la variante porque el primer párrafo, las declaraciones y las firmas cambian dependiendo de si interviene una persona física o una persona moral. ## ¿QUÉ INFORMACIÓN SE NECESITA PARA LLENARLO? Antes de comenzar, es recomendable tener disponible: - Nombre completo o razón social de las partes. - Identificaciones oficiales, cuando correspondan. - RFC. - Domicilios. - Escritura o documento que acredite la propiedad del inmueble. - Datos de inscripción del inmueble. - Acta constitutiva, cuando participe una persona moral. - Poder o documento del representante legal, cuando corresponda. - Descripción y domicilio completo del inmueble. - Uso que tendrá el inmueble. - Vigencia del arrendamiento. - Monto de renta y mantenimiento. - IVA, cuando corresponda. - Fecha límite de pago. - Datos bancarios. - Depósito en garantía. - Porcentaje de intereses moratorios. - Datos del obligado solidario. - Información de los testigos. - Información necesaria para completar los anexos. ## ¿QUÉ DEBE REVISARSE CON ESPECIAL CUIDADO? Antes de firmar deben quedar claramente definidos el inmueble, la renta, el plazo y las obligaciones de las partes. También deben revisarse las condiciones relacionadas con depósito en garantía, mantenimiento, servicios, adecuaciones al inmueble, permisos, anuncios, intereses moratorios, seguro, terminación anticipada, rescisión y penas convencionales. Cuando el inmueble vaya a utilizarse para un negocio, deberán revisarse especialmente las disposiciones sobre permisos, licencias, publicidad, adecuaciones y seguro de responsabilidad. ## ¿QUÉ ES EL OBLIGADO SOLIDARIO? El contrato contempla la participación de un “OBLIGADO SOLIDARIO”, quien respalda las obligaciones asumidas por “EL ARRENDATARIO”. Esto significa que su participación no es únicamente como testigo: asume obligaciones relacionadas con el cumplimiento del contrato, incluidas las obligaciones económicas y penalidades previstas en el documento. Por ello, sus datos deben llenarse correctamente y debe firmar tanto el contrato como los anexos en los espacios correspondientes. ## ANEXOS DEL CONTRATO Los Anexos A, B y C forman parte del expediente del arrendamiento y deben corresponder al mismo inmueble y a las mismas partes señaladas en el contrato principal. ## ANEXO A – PLANO DESCRIPTIVO Y CROQUIS DE UBICACIÓN ### ¿PARA QUÉ SIRVE? Sirve para identificar gráficamente el inmueble objeto del arrendamiento y precisar su ubicación. Debe incorporarse el plano descriptivo y/o croquis correspondiente al inmueble. ### ¿QUÉ SE DEBE INCLUIR? Principalmente: - Número del contrato al que pertenece. - Datos del arrendador. - Datos del arrendatario. - Representante legal, cuando corresponda. - Plano descriptivo. - Croquis de ubicación. - Firmas correspondientes. Recomendación práctica: el croquis debe permitir que una persona pueda identificar claramente cuál es el inmueble arrendado, especialmente cuando se encuentre dentro de un edificio, plaza, condominio, fraccionamiento o desarrollo con varias unidades. ## ANEXO B – ACTA DE ENTREGA-RECEPCIÓN DEL INMUEBLE ### ¿PARA QUÉ SIRVE? Este anexo es especialmente importante porque documenta cómo se encuentra el inmueble al momento en que “EL ARRENDADOR” lo entrega y “EL ARRENDATARIO” recibe su posesión. Permite registrar el estado de conservación, mobiliario, servicios y entrega de llaves. ### ¿QUÉ SE DEBE INCLUIR? Debe completarse, entre otros datos, con: - Ciudad y fecha de entrega. - Hora de entrega. - Domicilio completo del inmueble. - Vigencia del contrato. - Identificación del inmueble. - Estado general de conservación. - Mobiliario que se entrega, cuando exista. - Situación de los servicios. - Entrega de llaves. - Firmas de las partes, obligado solidario y testigos. El documento también deja constancia de la entrega de la posesión física y material del inmueble al arrendatario. Recomendación práctica: no conviene escribir únicamente “se entrega en buenas condiciones”. Es preferible describir el estado de pisos, paredes, puertas, ventanas, instalaciones, baños, mobiliario y cualquier daño que ya exista. ## ANEXO C – REPORTE FOTOGRÁFICO DEL INMUEBLE ### ¿PARA QUÉ SIRVE? Sirve para incorporar evidencia fotográfica de las características y condiciones del inmueble al momento del arrendamiento. El propio anexo establece que las imágenes tienen como finalidad informar las características del inmueble y su inventario. ### ¿QUÉ FOTOGRAFÍAS ES CONVENIENTE INCLUIR? Es recomendable incluir imágenes claras de: - Fachada. - Accesos. - Pisos. - Paredes y techos. - Puertas y ventanas. - Baños. - Instalaciones. - Mobiliario incluido. - Equipos entregados. - Medidores, cuando resulte conveniente. - Daños, manchas, golpes o desperfectos preexistentes. - Cualquier elemento relevante del inmueble. Este anexo es particularmente útil porque permite comparar visualmente el estado inicial del inmueble con las condiciones en que sea devuelto al finalizar el arrendamiento. ## ¿CÓMO SE UTILIZAN LOS TRES ANEXOS JUNTOS? Los tres documentos se complementan: - ANEXO A → identifica dónde y cuál es el inmueble. - ANEXO B → describe cómo se entrega. - ANEXO C → demuestra mediante fotografías cómo se encontraba. Por ello, lo ideal es llenarlos y firmarlos junto con el contrato o al momento de realizar la entrega material del inmueble, según corresponda. ## IMPORTANTE ANTES DE FIRMAR Todos los campos señalados con [[INSERTAR...]] deben sustituirse por la información correspondiente y no deben quedar espacios pendientes de llenar. Además, debe verificarse que los nombres, razón social, representantes legales, domicilio del inmueble, número de contrato y demás datos coincidan exactamente entre el contrato y los Anexos A, B y C. Si se utiliza una variante con persona moral, también deben adaptarse los anexos a esa misma combinación. Por ejemplo, si el contrato es PM–PM, no deben utilizarse sin modificar anexos que indiquen que el arrendador o arrendatario comparece “por propio derecho”; deberán aparecer las personas morales y sus respectivos representantes legales o apoderados.

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Descripción del Contrato

Todo lo que necesitas saber sobre este documento legal

CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE INMUEBLE Y SUS ANEXOS

¿QUÉ ES ESTE CONTRATO?

Es un contrato mediante el cual “EL ARRENDADOR” permite a “EL ARRENDATARIO” usar y disfrutar temporalmente un inmueble a cambio del pago de una renta, estableciendo por escrito las condiciones que deberán cumplir ambas partes.

Puede utilizarse para locales comerciales, oficinas, departamentos, casas habitación u otros inmuebles, siempre que se adapte el contenido al tipo de inmueble y al uso que realmente tendrá.

El contrato se complementa con tres anexos: A, B y C, que ayudan a identificar el inmueble y dejar evidencia de las condiciones en que se entrega.

¿QUIÉNES PUEDEN UTILIZARLO?

Puede ser utilizado tanto por personas físicas como por personas morales, ya sea para dar un inmueble en arrendamiento o para tomarlo en renta.

Por ejemplo, puede utilizarse por:

  • Propietarios particulares.
  • Empresas propietarias de inmuebles.
  • Empresas que necesiten rentar un local u oficina.
  • Comerciantes y emprendedores.
  • Profesionistas.
  • Negocios.
  • Personas que renten casas o departamentos.
  • Personas físicas o morales que requieran formalizar por escrito el uso temporal de un inmueble.

¿QUÉ VARIANTES EXISTEN?

El contrato está preparado para manejar las cuatro combinaciones posibles:

  • Arrendador Persona Física – Arrendatario Persona Física.
  • Arrendador Persona Física – Arrendatario Persona Moral.
  • Arrendador Persona Moral – Arrendatario Persona Física.
  • Arrendador Persona Moral – Arrendatario Persona Moral.

Cuando alguna de las partes sea persona moral, deberá colocarse la información de la empresa y los datos de su representante legal o apoderado, así como la información del instrumento mediante el cual acredita sus facultades.

¿CÓMO SABER QUÉ VERSIÓN UTILIZAR?

Primero debe identificarse quién es el propietario que dará el inmueble en arrendamiento y quién será la persona que lo rentará.

Si ambos actúan personalmente, se utiliza la versión PF–PF. Si el propietario es una persona física pero quien rentará es una empresa, corresponde PF–PM. Si la propietaria es una empresa y el arrendatario una persona física, corresponde PM–PF. Finalmente, cuando ambas partes son empresas, deberá utilizarse PM–PM.

Es importante seleccionar correctamente la variante porque el primer párrafo, las declaraciones y las firmas cambian dependiendo de si interviene una persona física o una persona moral.

¿QUÉ INFORMACIÓN SE NECESITA PARA LLENARLO?

Antes de comenzar, es recomendable tener disponible:

  • Nombre completo o razón social de las partes.
  • Identificaciones oficiales, cuando correspondan.
  • RFC.
  • Domicilios.
  • Escritura o documento que acredite la propiedad del inmueble.
  • Datos de inscripción del inmueble.
  • Acta constitutiva, cuando participe una persona moral.
  • Poder o documento del representante legal, cuando corresponda.
  • Descripción y domicilio completo del inmueble.
  • Uso que tendrá el inmueble.
  • Vigencia del arrendamiento.
  • Monto de renta y mantenimiento.
  • IVA, cuando corresponda.
  • Fecha límite de pago.
  • Datos bancarios.
  • Depósito en garantía.
  • Porcentaje de intereses moratorios.
  • Datos del obligado solidario.
  • Información de los testigos.
  • Información necesaria para completar los anexos.

¿QUÉ DEBE REVISARSE CON ESPECIAL CUIDADO?

Antes de firmar deben quedar claramente definidos el inmueble, la renta, el plazo y las obligaciones de las partes.

También deben revisarse las condiciones relacionadas con depósito en garantía, mantenimiento, servicios, adecuaciones al inmueble, permisos, anuncios, intereses moratorios, seguro, terminación anticipada, rescisión y penas convencionales.

Cuando el inmueble vaya a utilizarse para un negocio, deberán revisarse especialmente las disposiciones sobre permisos, licencias, publicidad, adecuaciones y seguro de responsabilidad.

¿QUÉ ES EL OBLIGADO SOLIDARIO?

El contrato contempla la participación de un “OBLIGADO SOLIDARIO”, quien respalda las obligaciones asumidas por “EL ARRENDATARIO”.

Esto significa que su participación no es únicamente como testigo: asume obligaciones relacionadas con el cumplimiento del contrato, incluidas las obligaciones económicas y penalidades previstas en el documento.

Por ello, sus datos deben llenarse correctamente y debe firmar tanto el contrato como los anexos en los espacios correspondientes.

ANEXOS DEL CONTRATO

Los Anexos A, B y C forman parte del expediente del arrendamiento y deben corresponder al mismo inmueble y a las mismas partes señaladas en el contrato principal.

ANEXO A – PLANO DESCRIPTIVO Y CROQUIS DE UBICACIÓN

¿PARA QUÉ SIRVE?

Sirve para identificar gráficamente el inmueble objeto del arrendamiento y precisar su ubicación.

Debe incorporarse el plano descriptivo y/o croquis correspondiente al inmueble.

¿QUÉ SE DEBE INCLUIR?

Principalmente:

  • Número del contrato al que pertenece.
  • Datos del arrendador.
  • Datos del arrendatario.
  • Representante legal, cuando corresponda.
  • Plano descriptivo.
  • Croquis de ubicación.
  • Firmas correspondientes.

Recomendación práctica: el croquis debe permitir que una persona pueda identificar claramente cuál es el inmueble arrendado, especialmente cuando se encuentre dentro de un edificio, plaza, condominio, fraccionamiento o desarrollo con varias unidades.

ANEXO B – ACTA DE ENTREGA-RECEPCIÓN DEL INMUEBLE

¿PARA QUÉ SIRVE?

Este anexo es especialmente importante porque documenta cómo se encuentra el inmueble al momento en que “EL ARRENDADOR” lo entrega y “EL ARRENDATARIO” recibe su posesión.

Permite registrar el estado de conservación, mobiliario, servicios y entrega de llaves.

¿QUÉ SE DEBE INCLUIR?

Debe completarse, entre otros datos, con:

  • Ciudad y fecha de entrega.
  • Hora de entrega.
  • Domicilio completo del inmueble.
  • Vigencia del contrato.
  • Identificación del inmueble.
  • Estado general de conservación.
  • Mobiliario que se entrega, cuando exista.
  • Situación de los servicios.
  • Entrega de llaves.
  • Firmas de las partes, obligado solidario y testigos.

El documento también deja constancia de la entrega de la posesión física y material del inmueble al arrendatario.

Recomendación práctica: no conviene escribir únicamente “se entrega en buenas condiciones”. Es preferible describir el estado de pisos, paredes, puertas, ventanas, instalaciones, baños, mobiliario y cualquier daño que ya exista.

ANEXO C – REPORTE FOTOGRÁFICO DEL INMUEBLE

¿PARA QUÉ SIRVE?

Sirve para incorporar evidencia fotográfica de las características y condiciones del inmueble al momento del arrendamiento.

El propio anexo establece que las imágenes tienen como finalidad informar las características del inmueble y su inventario.

¿QUÉ FOTOGRAFÍAS ES CONVENIENTE INCLUIR?

Es recomendable incluir imágenes claras de:

  • Fachada.
  • Accesos.
  • Pisos.
  • Paredes y techos.
  • Puertas y ventanas.
  • Baños.
  • Instalaciones.
  • Mobiliario incluido.
  • Equipos entregados.
  • Medidores, cuando resulte conveniente.
  • Daños, manchas, golpes o desperfectos preexistentes.
  • Cualquier elemento relevante del inmueble.

Este anexo es particularmente útil porque permite comparar visualmente el estado inicial del inmueble con las condiciones en que sea devuelto al finalizar el arrendamiento.

¿CÓMO SE UTILIZAN LOS TRES ANEXOS JUNTOS?

Los tres documentos se complementan:

  • ANEXO A → identifica dónde y cuál es el inmueble.
  • ANEXO B → describe cómo se entrega.
  • ANEXO C → demuestra mediante fotografías cómo se encontraba.

Por ello, lo ideal es llenarlos y firmarlos junto con el contrato o al momento de realizar la entrega material del inmueble, según corresponda.

IMPORTANTE ANTES DE FIRMAR

Todos los campos señalados con [[INSERTAR...]] deben sustituirse por la información correspondiente y no deben quedar espacios pendientes de llenar.

Además, debe verificarse que los nombres, razón social, representantes legales, domicilio del inmueble, número de contrato y demás datos coincidan exactamente entre el contrato y los Anexos A, B y C.

Si se utiliza una variante con persona moral, también deben adaptarse los anexos a esa misma combinación. Por ejemplo, si el contrato es PM–PM, no deben utilizarse sin modificar anexos que indiquen que el arrendador o arrendatario comparece “por propio derecho”; deberán aparecer las personas morales y sus respectivos representantes legales o apoderados.

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